El nuevo reglamento de circulación que entrará en vigor en unos días está causando cierto revuelo entre los interesados en alquilar un coche en Málaga. Para evitar confusiones, y posibles multas, te ofrecemos este resumen con los puntos más destacados de la nueva normativa:
Para Extranjeros
– Turistas: Se ha agilizado el intercambio de información entre países. Los conductores sancionados serán identificados rápidamente y recibirán en casa la multa correspondiente, sin importar su país de origen.
– Residentes: Todo vehículo con matrícula extranjera, ya sea a nombre de un residente o un establecimiento, deberá ser matriculado en España.
Viajando con Niños
– Es obligatorio el uso de asientos homologados para los menores que midan menos de 1,35m (antes se estipulaba en función de la edad).
– Los menores mencionados anteriormente no podrán viajar en el asiento del copiloto, aun cuando usen el asiento adecuado, a menos que todos los asientos traseros estén ocupados por otros menores con sus respectivos asientos.
– No usar el asiento adecuado puede conllevar la inmovilización del vehículo.
Límites de Velocidad
– Nuevo límite de 130km/h en tramos de algunas autovías y autopistas.
– Pérdida de puntos si se circula a más de 150km/h (tanto si el límite es de 120km/h como de 130km/h).
– Multas al superar el límite establecido en la vía. Ya no se tiene en cuenta el margen de error de los elementos de medición, si circulas tan solo 1km/h por encima del límite establecido, serás sancionado.
– Reducción de 10km/h en el límite de velocidad máximo de carreteras secundarias.
– Nuevas zonas de 20km/h y 30km/h en ciudad.
Radares
– Se permiten los avisadores de radar (por ejemplo, un GPS con los radares fijos indicados en el mapa), pero se sancionará el uso de detectores con multas de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnet.
Alcohol y Drogas
– La multa por embriaguez pasa de 500 a 1000 euros si el conductor: Duplica la tasa permitida (máximo actual: 0,25 mg/l en aire; 0,5 g/l en sangre), se niega a realizar la prueba o ha sido multado por alcoholemia en los últimos 12 meses.
– Se usará por defecto la prueba de saliva para comprobar la presencia de drogas en el organismo del conductor. En caso de dar positivo, el conductor podrá exigir un análisis de sangre para contrastar el resultado.
Animales
– Atropellar un animal en una zona de caza se considerará responsabilidad del conductor, salvo que se produzca por una acción directa de la caza (disparo cercano, persecución de una presa), o un mal mantenimiento de las vallas de contención o la señalización.
Bicicletas
– El casco pasa a ser obligatorio para todos los menores de 16 años en todas las vías. Para los adultos solo será obligatorio en carreteras interurbanas.
– Las bicicletas no podrán ser inmovilizadas, sea cual sea la infracción que haya cometido su conductor.
Inmovilización de Vehículos
– Se añaden dos nuevos supuestos: En caso de incumplir las condiciones fijadas para una vía en concreto (peso máximo, gálibo, horarios, etc.), y por conducir camiones o autobuses sin el permiso correspondiente.
Otros Cambios
– Pago voluntario de multas: Pasa de 15 días a 20 (recuerda que si pagas a tiempo te puedes ahorrar el 50% de la misma).
– Podrás ser sancionado sin haber sido parado ni identificado. Basta con que el agente en cuestión anote tu matrícula y la infracción cometida.Actualización (12/08/2014): Este punto ha sido rechazado por el TSJM, de nuevo tendrás que ser parado e identificado para ser multado por un agente.
– Por motivos medioambientales, se puede restringir el acceso a determinadas vías a ciertos vehículos.
Aunque no todos los puntos te afectarán, nunca está de más conocer los últimos cambios en cuanto a leyes de tráfico se refiere. No dudes en comentar esta entrada si tienes alguna pregunta sobre el nuevo reglamento. ¡Hasta pronto!